El País

El Gobierno no extenderá la doble indemnización por despidos ante la baja del desempleo

La emergencia pública en materia ocupacional fue declarada el 13 de diciembre de 2019, tres días después de la asunción del presidente Alberto Fernández, por el término de 180 días; ampliada y renovada hasta la actualidad.

El Gobierno nacional no renovará la doble indemnización por despidos, medida de emergencia adoptada durante la pandemia, ya que en la actualidad no se considera viable su continuidad dada la baja del desempleo que registra la economía, informaron fuentes oficiales.

La doble indemnización fue “una medida de emergencia tomada por la crisis de la pandemia”, recordó la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, durante su habitual conferencia de prensa de los jueves en Casa de Gobierno.

“La verdad es que tenemos números de empleo que muestran que el desempleo sigue bajando, se siguen creando 20 mil empleos por mes, y nos permite considerar que hay una nueva situación”, afirmó al justificar la medida confirmada por fuentes oficiales.

Para la Portavoz, “lo que tenemos que seguir provocando es la generación del empleo formal y las mejores paritarias para los trabajadores en la discusión con los diferentes sectores”.

“Hoy finaliza, no habrá renovación de la medida, luego del decreto de fines del año pasado que la fue reduciendo de manera paulatina”, confirmaron fuentes del Ministerio de Trabajo de la Nación.

A fines de 2021, el Gobierno había establecido una reducción gradual del beneficio y fijado que entre enero y junio de este año se produciría un descenso escalonado de la suma extra que percibiría el trabajador en caso de ser echado sin justa causa.

Así, la persona despedida sin causa en enero y febrero tuvo una indemnización 75% superior a la que le hubiera correspondido según la legislación aplicable en cada caso; en marzo y abril, 50%; y en mayo y junio, 25%.

La prohibición de despidos y la doble indemnización fueron dos medidas establecidas por la gestión de Alberto Fernández en el contexto de la emergencia sanitaria decretada por la pandemia de coronavirus.

La medida estableció que “en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente”.

La norma hacía hincapié en que la “crisis económica en que se encontraba el país se vio agravada por el brote del nuevo coronavirus, que diera lugar a la declaración de pandemia por Covid-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud”.

Por eso, el Gobierno decidió que esta “crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo”.

La medida buscó “continuar garantizando por imperio normativo la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social” y para “no agravar los problemas causados por la pandemia”.

En su momento, el presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Daniel Funes de Rioja, había planteado las diferencias del sector empresario con esta medida del Gobierno, además de la prohibición de los despidos.

“Tenemos un dato positivo en términos de empleo austero, modesto, pero que se genera empleo en vez de destruirse”, había afirmado Funes de Rioja al asumir formalmente la conducción de la entidad fabril.

Para el presidente de la UIA, “cuando se generan obstáculos de esta naturaleza a la posibilidad de contratar y despedir se dificulta la entrada de nuevos trabajadores”.

Desde el sector sindical, el secretario General de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo, había afirmado que la finalización del beneficio debía darse “de forma gradual” a medida que “se vaya reduciendo el desempleo” en Argentina.

“Era una medida excepcional que se tomó por la pandemia (de coronavirus), pero hay que garantizar los puestos de trabajo”, había advertido el sindicalista a fines del año pasado.

 

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